Para ayuda en el llenado del formulario, escribir al WhatsApp 988 441 395, de lunes a viernes de 8:30 a. m. a 5:00 p. m.

Ministerio de Cultura
SOLICITUD DE INGRESO DE DOCUMENTOS WEB
I. DATOS DEL SOLICITANTE
  • Tipo de solicitante
  • Tipo de documento
APELLIDOS Y NOMBRES
Nombres
Apellido Paterno
Apellido Materno
DOMICILIO LEGAL (AV. / CALLE / JIRÓN / PSJE. / N° / DPTO. / MZ. / LOTE / URB.)
DEPARTAMENTO
PROVINCIA
DISTRITO
TELÉFONO / FAX
TELÉFONO MÓVIL
CORREO ELECTRÓNICO (E-MAIL)
Si desea editar sus datos personales, ingrese al Módulo de Actualizacion de Datos de su Casilla Electrónica.
II. ASUNTO (Expresión concreta y precisa de lo solicitado)
DESCRIPCIÓN
  • En caso de remitir información adicional, se sugiere completar los siguientes campos:
    N° de Expediente
    N° de Documento
  • Destinatario
  • Su solicitud está asociada a un procedimiento TUPA.
    Procedimiento TUPA
III. ADJUNTAR ANEXOS (Máx. 20 MB en Formato PDF ó JPEG ó PNG)
  • Presione el botón añadir adjunto si desea agregar más archivos.
IV. PAGO POR DERECHO DE TRÁMITE (REALIZADO EN EL BANCO DE LA NACIÓN O EN EL BANCO INTERBANK)
  • ¿Realizó un pago por derecho de trámite en el Banco de la Nación o en el Banco Interbank?
  • Tipo de comprobante a emitirse
    Datos a figurar en el comprobante electrónico
APELLIDOS Y NOMBRES
Nombres
Apellido Paterno
Apellido Materno
  • Voucher (01 sólo archivo de Máx. 20 MB en Formato PDF)
  • Correo electrónico
V. DECLARACIÓN JURADA Y ACEPTACIÓN DE TÉRMINOS Y CONDICIONES

DECLARO BAJO JURAMENTO que los datos consignados en la presente solicitud responden a la verdad. En caso de resultar falsa la información que proporciono, me sujeto a los alcances de lo establecido en el artículo 411 del Código Penal, concordante con el artículo 34.3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Asimismo como administrado/a, ACEPTO que:

• Los/las administrados/as verifican que los documentos e información presentada se encuentren de acuerdo a los requisitos señalados en el procedimiento administrativo, servicios o solicitudes; así como, estén conforme a lo indicado en el artículo 124 del TUO de la Ley N° 27444, y en el marco de las disposiciones internas vigentes. Asimismo, se encuentren debidamente registrados en la Plataforma Virtual de Atención a la Ciudadanía, procediendo luego a enviar el formulario correspondiente.
• Para el ingreso de documentos a través de la Plataforma Virtual de Atención a la Ciudadanía previamente el/la administrado/a debe digitalizar, de manera completa y legible, la documentación que desee ingresar por la Plataforma Virtual de Atención a la Ciudadanía, incluyendo aquellos que sean requisitos indispensables para su presentación (peso estandarizado por cada documento como máximo de 20 MB.).
• La Plataforma Virtual de Atención a la Ciudadanía del Ministerio de Cultura, está habilitada las veinticuatro (24) horas del día, durante los siete (7) días de la semana. Sin embargo, la recepción de los documentos se efectúa luego de la validación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el TUO de la Ley N° 27444 y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Cultura (en adelante, TUPA), de corresponder, de acuerdo con el horario de Mesa de Partes Presencial del Ministerio de Cultura (lunes a viernes de 08:30 a.m. a 04:30 p.m.).
• En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, desde el momento de su ingreso y/o utilización de la Plataforma Virtual de Atención a la Ciudadanía, los/las administrados/as dan expresamente su consentimiento para el tratamiento de los datos personales que por ellos sean facilitados o que se faciliten a través de la Plataforma Virtual de Atención a la Ciudadanía.

ACLARACIÓN SOBRE FALSEDAD DE LA INFORMACIÓN DECLARADA

TUO de la Ley N° 27444 (numeral 34.3 del artículo 34) “En caso de comprobar fraude o falsedad en la declaración, información o en la documentación presentada por el administrado, la entidad considerará no satisfecha la exigencia respectiva para todos sus efectos, procediendo a declarar la nulidad del acto administrativo sustentado en dicha declaración, información o documento; e imponer a quien haya empleado esa declaración, información o documento una multa en favor de la entidad de entre cinco (5) y diez (10) Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha de pago; y, además, si la conducta se adecua a los supuestos previstos en el Título XIX Delitos contra la Fe Pública del Código Penal, ésta deberá ser comunicada al Ministerio Público para que interponga la acción penal correspondiente.”

En caso de no contar con casilla electrónica, conforme a lo establecido en el Numeral 20.4 del Artículo 20° del Texto Único Ordenando de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, autorizo expresamente que todo acto administrativo derivado del presente procedimiento, se me notifique en el correo electrónico consignado en el presente formulario.